Todo lo que necesitas saber sobre la visa EB-4

La preferencia de la visa EB-4 generalmente está reservada para personas que desempeñan una amplia gama de trabajos "especiales", como locutores y ministros.
8 de agosto de 2018 por
Todo lo que necesitas saber sobre la visa EB-4
James Williams

Cada año, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) otorga visas permanentes y green cards a miles de trabajadores extranjeros.

En muchos casos, esto ocurre porque estos trabajadores tienen habilidades especializadas y valiosas que son muy demandadas en el mercado laboral de los EE. UU.

En otros casos, USCIS otorga estas visas para reconocer el servicio fiel de un individuo a los Estados Unidos y sus instituciones.

La EB-4 es un programa de visa y residencia permanente para "inmigrantes especiales", como en el segundo ejemplo mencionado, que no encajan en las demás categorías de visa EB.

En este artículo, hablaremos sobre quiénes son estos inmigrantes especiales y responderemos algunas preguntas frecuentes sobre la visa EB-4.

¿Quién es elegible para una visa EB-4?

La EB-4 es un documento legal otorgado por el USCIS que te permite ingresar legalmente al país.

También actúa como un punto intermedio entre tu estatus de extranjero y tu estatus de residente permanente (es decir, "obtener una green card").

En la mayoría de los casos, solicitarás la residencia permanente al mismo tiempo que solicitas la EB-4.

Como visa de inmigrante, la EB-4 se considera un paso hacia la residencia permanente. Específicamente, los titulares de una EB-4 pueden hacer lo siguiente:

Para ser elegible para una visa EB-4, el USCIS debe clasificarte como un inmigrante especial.

Esta es una categoría general para individuos con razones legítimas para venir a los Estados Unidos, pero que no encajan en otras categorías de visas EB.

A continuación, enumeramos cuatro de estos casos especiales.

Trabajadores Religiosos

Muchos solicitantes de la visa EB-4 son trabajadores religiosos.

Definición de Trabajador Religioso: Es cualquier persona que recibe pago por realizar deberes religiosos para una organización religiosa establecida.

La ley también hace una distinción entre ministros y otros trabajadores religiosos.

USCIS emite hasta 10,000 visas para trabajadores religiosos cada año, pero solo 5,000 de esas visas pueden ser para no ministros.

"Ministro" es una definición amplia para individuos que han recibido autorización formal para liderar un servicio religioso de una organización religiosa establecida.

Ejemplos incluyen sacerdotes, rabinos, monjes budistas, oficiales comisionados del Ejército de Salvación, y varios otros.

"Otro trabajador religioso" es una definición que incluye cualquier otra persona con una vocación religiosa.

Esto puede incluir una gran variedad de deberes religiosos, como misioneros, instructores y traductores.

Sin embargo, no incluye individuos con deberes no religiosos.

Trabajadores de mantenimiento, personal administrativo, y artistas no pueden solicitar esta visa, incluso si su trabajo es patrocinado por una organización religiosa.

En cualquier caso, debe haber estado trabajando para su organización religiosa por al menos dos años para calificar para una visa EB-4.

Adicionalmente, su organización debe patrocinar su visa, bajo la condición de que entre a los Estados Unidos con el propósito de realizar sus deberes religiosos a tiempo completo.

Este proceso es similar al requisito de patrocinio por parte del empleador para las visas EB-2 y EB-3.

Juveniles Inmigrantes Especiales

Los menores en los Estados Unidos pueden ser elegibles para una visa EB-4 si requieren la protección de un tribunal de menores de los EE.UU.

En casi todos los casos, necesitan esta protección porque han sido abusados, abandonados o descuidados por un padre o tutor.

En última instancia, depende del juez en su caso determinar si es en su mejor interés permanecer en el país.

Debe tener menos de 21 años cuando presente su solicitud de visa inicialmente.

Sin embargo, una vez que lo haya hecho, nunca "envejecerá" fuera del programa.

Por esta razón, aún puede solicitar una tarjeta verde incluso si tiene más de 21 años al momento en que se acepte su petición.

El programa de juveniles inmigrantes especiales EB-4 funciona un poco diferente a otras visas.

Por ejemplo, aún puede aplicar incluso si ingresó originalmente a los EE.UU. de manera ilegal.

Adicionalmente, puede solicitar la exención de la tarifa de inmigración presentando el formulario I-912.

Sin embargo, presentar esta preferencia significa que nunca podrá solicitar la residencia permanente para ninguno de sus padres.

Miembros de las Fuerzas Armadas

Los miembros de las fuerzas armadas de los EE.UU. que se alistaron en una ubicación fuera de los Estados Unidos pueden ser elegibles para una visa EB-4 después de 12 años de servicio.

Traductores y Personal de Apoyo Iraquí y Afgano

Los ciudadanos iraquíes y afganos que brindaron apoyo a las operaciones de las fuerzas armadas de los EE.UU. en esas áreas pueden ser elegibles para visas EB-4.

Sin embargo, debió haber solicitado la Aprobación del Jefe de Misión antes de la fecha límite de 2014. Si no presentó su solicitud para esa fecha, no es elegible para la visa EB-4.

¿Cómo solicito una visa EB-4?

La principal diferencia entre la visa EB-4 y otros tipos de visas es que, para recibir una visa EB-4, primero debe presentar una petición I-360.

Este formulario básicamente lo certifica como un inmigrante "especial" al mostrar en qué categoría específica de trabajo se encuentra su solicitud.

También debe proporcionar evidencia del trabajo específico bajo el cual está presentando su solicitud. Esto es para prevenir fraudes migratorios.

Por ejemplo, puede mostrarle al USCIS una carta escrita por su organización religiosa o una fotocopia de sus documentos judiciales.

Otras formas válidas de evidencia se enumerarán en su formulario I-360.

Además, debe pagar una tarifa de procesamiento y presentación de $435 al USCIS. Como se mencionó anteriormente, los menores pueden solicitar la exención de esta tarifa.

Si es un trabajador religioso, su empleador completará el formulario I-360 en su lugar.

Ellos también suelen pagar la tarifa de presentación.

Conclusión

Miembros de muchos grupos diferentes son elegibles para las visas EB-4. Por esa razón, puede ser difícil ofrecer consejos que se apliquen a todos los solicitantes.

Para obtener asesoramiento legal personalizado, asegúrese de contactar a un abogado de inmigración profesional.

Un buen abogado de inmigración puede guiarlo a través de cada paso del proceso de solicitud y ayudarlo a manejar cualquier problema inesperado que surja.